La defensa penal en Alemania

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Soy abogado especialista en Derecho penal. Ejerzo la defensa de hispanoparlantes en procedimientos penales en toda Alemania. Resumo a continuación algunas nociones básicas del proceso penal alemán:

I. Consideraciones generales

  1. En Alemania, todo el que es sometido a un procedimiento penal puede prestar declaración. Por regla general, le recomendamos que antes de declarar consulte a un abogado penalista. Muérdase la lengua: el policía no es su amigo ni está allí para defender sus intereses, su oficio es investigarle y perseguirle.
  2. No firme ningún documento que contenga un poder a efectos de notificación (Zustellvollmacht) y en general evite firmar documentación sin haber consultado previamente a un abogado penalista. ¿Qué es un Zustellvollmacht? Es un poder que Ud. otorga a un funcionario judicial desconocido, facultándole a recibir notificaciones en nombre de Ud. Si Ud. firma un documento de estas características, estaría imposibilitado de saber lo que las autoridades judiciales le notifican, ya que —si Ud. desconoce el idioma alemán— no estaría en condiciones de hacer preguntas sobre el documento. En el peor de los casos, las autoridades penales podrían notificarle una “orden penal” (ver más abajo). Si usted no paga la pena multa decretada en esta orden penal, podría ingresar en prisión cuando entre nuevamente en territorio alemán.
  3. El derecho a recibir el expediente (en papel o electrónicamente) y copiarlo en su despacho solo lo tiene un abogado (en alemán: Rechtsanwalt, término femenino Rechtsanwältin).
  4. Usted tendrá mayor seguridad de que el(la) abogado(a) sabe lo que está haciendo, si se trata de un(a) Fachanwalt/Fachanwältin für Strafrecht (literalmente traducido significa ”abogado especialista en derecho penal”). Yo soy un tal Fachanwalt für Strafrecht. Es obvio que algunos de los mejores penalistas carecen de este título (que requiere una formación teórica y un alto número de casos prácticos), no obstante, lamentablemente no existe otro criterio objetivo. Algunos abogados, (entre los que me incluyo), utilizamos el término Strafverteidiger/Strafverteidigerin (literalmente: ”defensor penal”), para señalar que ejercemos en el ámbito del derecho penal. Pero este título no está vinculado a una cualificación formal, es decir, a la superación de un curso especializado. Por tanto, cualquier abogado o jurista puede decir que es un Strafverteidiger, incluso pasantes o becarios y profesores de derecho penal (que también tienen la posibilidad de ejercer como defensores ante los tribunales).

II. Casos „menores“

  1. En casos de poca relevancia (y cuando el investigado está en libertad) existe la posibilidad de llegar a un acuerdo con la fiscalía con el fin de evitar una sentencia o una “orden penal” (que por lo general implica la imposición de una multa).
  2. En algunos asuntos, la fiscalía solicita la imposición de una „orden penal“ (Strafbefehl) con una pena de multa, decretado en unidades diarias y un importe diario. La „orden penal“ es un proceso penal por escrito. Si el inculpado no interpone una objeción a tiempo (dentro del término de 14 días), la orden penal puede adquirir el carácter de una sentencia fime y ¡ lleva consigo un veredicto de culpabilidad! Se pueden aceptar los términos de la “orden penal” y objetar el monto de la multa a imponer si se considera demasiado elevado. No obstante, ¡tenga mucho cuidado con esto! Si acepta la “orden penal” sin más y Ud. tiene antecedentes penales. En el caso del impago de dicha "pena multa", Ud. ingresará en prisión.

III. Detención preventiva (fase 1)

  1. En el caso de que usted haya sido detenido y se decida sobre su prisión preventiva estando Ud. en prisión, el juez de instrucción designará a un abogado de oficio para que le defienda. Usted tiene la posibilidad de solicitar un abogado que hable su propio idioma y el juez tiene la obligación de escuchar su solicitud. Al menos en las ciudades grandes existen algunos abogados penalistas que dominan el idioma español. Le recomendamos que solicite la designación de un abogado penalista hispanoparlante. Es importantísimo que usted se pueda comunicar directamente en su propia lengua con este especialista. A través de un intérprete siempre existirán mayores dificultades para expresarse con precisión, lo sé por mi propia experiencia.
  2. El juez de instrucción decretará la prisión preventiva si, por una parte, sospecha gravemente que se ha cometido un delito y este es atribuible al investigado y, asimismo, si, luego de una evaluación sumaria del expediente y una vista oral breve, considera que existe riesgo de fuga o de entorpecimiento de la investigación. Con base en nuestra experiencia podemos afirmar que en el Estado Federado de Baviera (Bayern), suelen acordarse prisiones provisionales con relativa facilidad, también en delitos no tan graves como hurtos, si el investigado es extranjero y no tiene residencia ni vínculos sociales en Alemania. Las fianzas están teóricamente admitidas aunque  en la práctica no juegan un gran papel. Los fiscales no suelen aceptarlas o son importes que el propio investigado o su familia no pueden pagar por su elevada cuantía.
  3. La prisión preventiva dura un máximo de 6 meses hasta que se proceda a la primera revisión regular por el Oberlandesgericht, el tribunal de mayor jerarquía de la  de la región. Cabe decir sin embargo que el detenido tiene derecho a una queja contra su prisión preventiva en cualquier estado del procedimiento, pero la cuota de éxito de estas quejas es muy baja. A lo largo de estos 6 meses, la fiscalía se encarga de dirigir la investigación penal y de preparar la acusación o bien, en el caso de que no se encuentren elementos para fundar una imputación penal, el investigado será puesto en libertad y el procedimiento será archivado.
  4. Las prisiones alemanas suelen ser descritas por mis clientes como ”hoteles sin posibilidad de salir”. No existen allí condiciones infrahumanas: en lo personal me recuerdan a cuarteles militares. No obstante, sobre todo en Baviera, las reglas de comunicación durante la prisión preventiva son bastante estrictas: solo se pueden escribir cartas (lo que tarda tiempo, por el control de su contenido por parte de la fiscalía), no se permiten llamadas telefónicas, salvo a título de excepción por urgencia comprobada. Las visitas son posibles, pero están supervisadas por la policía y, en su caso, por un intérprete. 

IV. El juicio (fase 2)

  1. Con la llegada de la acusación a los tribunales, todo dependerá de ante cuál juzgado será interpuesta la acusación. Si la acusación se interpone ante el Amtsgericht, la fiscalía por lo general no pedirá más de 4 años de pena privativa de libertad. Si el caso se dirige al Landgericht, no hay límite en cuanto a la pena de privación que el fiscal podría solicitar. Si el proceso se inicia en un Landgericht, solo existe una segunda instancia con una cuota de éxito muy limitada, denominada casación (Revision, restringida a faltas del procedimiento y faltas materiales). Tanto más hay que concentrarse en el resultado. En los otros casos hay 3 instancias (la primera, la apelación o segunda instancia y la casación).
  2. En este apartado solo quiero añadir algo más: el cliente debe estar en perfecta coordinación con su abogado y debe tener muchísima paciencia. Cuanto mejor sea la colaboración, tanto mejor será el resultado. No basta alegar que la acusación se considera como una gran „injusticia”. Para obtener una condena en muchas ocasiones al juez le basta con que exista un hilo conductor en las declaraciones de los testigos. No estamos en EE.UU. ni en Latinoamérica. Ante la interposición de una acusación, el riesgo de ser sometido a una sentencia condenatoria se eleva a más de un 80 por ciento. Por último: si la justicia ofrece una salida „oportunista“ o “negociada”, esto debe tenerse muy en consideración.
  3. La suspensión de una pena privativa de libertad solo procede en cuanto a una pena máxima de 2 años. Toda pena por encima significa cárcel.

V. La ejecución de la pena privativa (fase 3)

  1. El juez que ha conocido de la investigación y del juicio no puede decidir sobre la ejecución de la pena. Esto corresponde a otra tipología de juzgado, denominados Strafvollstreckungskammer. Por regla general y dependiendo de la pena, existe la posibilidad de una liberación temprana después de la mitad y después del cumplimiento de las 2/3 partes de la pena, siempre que el juez competente (para la prisión en la que el condenado se encuentre) así lo considere. Luego el resto de la pena se suspende a prueba (libertad condicional).
  2. En el caso de ciudadanos de nacionalidad española, existe la posibilidad de solicitar el traslado a España a efectos de que el cumplimiento de la pena se realice en una prisión española. En el caso de ciudadanos de países de América Latina, existe también la posibilidad de que se acuerde una  expulsión del territorio alemán, una vez que se ha cumplido la mitad de la pena. Esto tiene como consecuencia la prohibición de volver a ingresar en territorio alemán. 

Si necesita a un defensor penal, estoy disponible en toda Alemania y, como „co-counsel“ de mis compañeros españoles también en España.

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Foto(s): Jörg Steinheimer

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